ESCUDERATO ADMINISTRATIVO MoSMI

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Sección 2a.: Patrimonio.
 
Artículo 6: Financiamiento.
El Movimiento se sostendrá económicamente:
  1. Por medio de cuotas semanales a la membresía de los grupos Scouts católicos, registros anuales, venta de uniformes, utensilios de campamento, etc.
  2. Las cuotas que se fijen por participar en campamentos y otros eventos.
  3. La venta de chocolates u otros artículos a civiles previamente autorizados por el Consejo Máximo.
  4. Venta de los uniformes y equipo de acampado.
  5. Los negocios que se pongan en las respectivas casas de misión.
  6. Las donaciones que se hagan a su favor.
Artículo 7: Administración de los bienes.
El Movimiento puede adquirir, poseer, recibir, construir, vender y administrar los bienes muebles e inmuebles necesarios para el logro de sus objetivos y celebrar toda clase de actos y contratos para conseguirlo.
El Movimiento no persigue fines de lucro, pero puede ejecutar actos de comercio con el propósito de subsistir y desarrollarse.
Todo recurso material o financiero que se reciba a o en nombre del MoSMI se considerará propiedad del mismo y su manejo quedará sujeto al siguiente control, como mínimo:
  1. Se expedirán los recibos correspondientes.
  2. Los recursos se utilizarán exclusivamente para los fines del MoSMI.
  3. Los fondos del MoSMI deberán ser manejados en cuentas de cheques o inversiones. Las cuentas, que para su operación requiera cualquier estructura dentro del MoSMI, deberán estar a nombre del "Movimiento Seglar de Misioneros Itinerantes, A.C." y serán manejadas con la firma mancomunada de cuando menos dos personas responsables de la estructura en cuestión, según lo marque el reglamento respectivo.
  4. Las cuotas de los grupos se dividirán en dos, una para MoSMI, y la segunda para el Grupo Misionero pudiendo gastarlo, “el grupo”, en las necesidades que requiera, de acuerdo al consenso del consejo de grupo, dichas dos partes de la cuota, serán depositadas en la cuenta bancaria de MoSMI y en caso de ser requerida por el grupo solo tendrá que pedirlo al Escuderato Administrativo por escrito, haciendo un listado de el uso de ese dinero. En caso de no usarse, ese dinero, quedara en resguardo en la cuenta de  MoSMI bajo la tutela del Escuderato Administrativo.
Artículo 8: Propiedad.
Todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos por cualquiera de las estructuras del movimiento A.C., quedarán a nombre del "Movimiento Seglar de Misioneros Itinerantes A.C.", el cual dejará en comodato a dicha estructura el bien mencionado, respetando de ésta forma la autonomía de las estructuras. La estructura en cuestión deberá hacerse responsable del mantenimiento y/o reparaciones que se requiera, así como del uso correcto que se le dé al bien para lograr los objetivos del movimiento.
Artículo 9: Donaciones.
El Movimiento puede donar parcial o totalmente su patrimonio únicamente por aprobación por unanimidad del Consejo Máximo, y solamente a instituciones de asistencia social, que persiga fines culturales, sociales o benéficos, organismos de la Iglesia Católica y, hasta donde sea posible, instituciones u organismos que persigan fines similares a los del Movimiento Seglar de Misioneros Itinerantes A.C.
 

Artículo 24: Del Director Administrativo.

  • Requisitos:
    • Maestría en Administración o equivalente.
    • Tener la formación espiritual completa según lo marque para su puesto el Plan de Formación estipulado por el Escuderato de Formación Espiritual. (Cfr. can. 231.)
    • Ser aprobado y nombrado por el Consejo Máximo.
  • Atribuciones:
    • Es el Tesorero del Consejo Máximo.
    • Es el Secretario del Consejo Máximo.
    • Dirige al Escuderato Administrativo.
    • En caso de faltar el Presidente del Consejo, presidirá las reuniones del Consejo Máximo.
    • Las atribuciones que se establezcan en el Reglamento del MoSMI y el Manual de Operación del Consejo Máximo.

Artículo 36: Escuderato Administrativo.
  • Estructura:
 
El Escuderato Administrativo está presidido por el Director Administrativo. De éste dependen el Coordinador Administrativo y el Coordinador Financiero.
Del Coordinador Administrativo depende el Secretario Scout Nacional, de éste a su vez dependen los secretarios Scouts de zona, de éstos a su vez dependen los Secretarios Scouts Diocesanos, y finalmente de éstos dependen los Secretarios de los Grupos Scouts.
Del Coordinador Financiero depende el Tesorero Scout Nacional, de éste a su vez dependen los Tesoreros Scouts de zona, de éstos a su vez dependen los Tesoreros Scouts Diocesanos y finalmente de éstos dependen los Tesoreros de los Grupos Scouts.
  • Funciones:
    • Velar por los fondos económicos del movimiento, bienes muebles e inmuebles.
    • Garantizar el manejo correcto de los recursos del movimiento.
    • Supervisar y auditar el manejo administrativo y financiero a todos los escuderatos y dependencias del movimiento.
    • A petición de los escuderatos,  desarrolla y/o supervisa los ordenamientos (manuales de operación, reglamentos, estatutos) del movimiento, mismos que deberán de ser aprobados por la estructura inmediata superior a la cual concierne el documento en cuestión.
    • Las funciones que se establezcan en el reglamento del Escuderato Administrativo y su manual de operación.
      • Este Escuderato tiene disciplina de rango, solo recibe órdenes del inmediato superior del Escuderato; No reciben órdenes del parlamento inmediato a su nivel.
      • No dependen de los parlamentos para su desempeño.
      •  Toda gestión que requiera el grupo misionero del Escuderato en cuestión deberá ser pedida por escrito al Director del Escuderato mismo y de ahí la orden de gestión será dada. (Orden dada, misión sagrada).
      • Los representantes de este Escuderato no se le consideran parte del parlamento en el que participa ni del grupo misionero, si no parte del Escuderato mismo.
      • El representante de este Escuderato tiene el derecho de participar en toda actividad que desarrolle el grupo o los grupos misioneros que estén bajo su gestión y respaldo.
      • El representante de este Escuderato es crítico y analista del grupo y es su obligación dar todas las facilidades según la función que le corresponda que le permitan al grupo lograr todas las actividades de su itinerario. Previo inventario de necesidades a su superior.
      • Su rango esta al mismo nivel que el del jefe del parlamento a su nivel  y participa con voz y voto. 
      • Solo el Escuderato puede mover quitar o cambiar a este representante sin previo aviso y el parlamento en cuestión está obligado a aceptarlo
      • Las actividades desarrolladas por MoSMI tienen prioridad ante las del Escuderato y las del Escuderato tienen prioridad a las del parlamento en el que gestiona.
      • Obligaciones:
        • Participar en un consejo de Escuderato una vez al mes.
        • Participar en las capacitaciones de su Escuderato.
        • Participar en su adiestramiento básico
        • Participar en los Consejos de su parlamento en el que gestione
        • Participar en las actividades Misioneras scouts de su nivel.
        • Ser crítico y analista del parlamento y grupo en el que gestione.
        • Dar reporte de malos manejos, distorsiones del objetivo de MoSMI que note.
        • Dar reporte de inmediato de traiciones a MoSMI.
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